Permiso de Trabajo para Casado con Panameño
Todos aquellos extranjeros que hayan obtenido una residencia provisional o definitiva como casado con panameño o panameña, podrá solicitar un permiso de trabajo en Panamá, y por ende, podrá trabajar legalmente en el país.
El permiso de trabajo en mención se otorga primeramente por dos años, toda vez que debe ir conforme a la residencia, y posteriormente se otorga por 3 (tres) años, renovable por el mismo periodo, hasta tanto tenga una residencia de diez (10) años, para la cual podrá optar por la definitiva.
Dentro de los requisitos básicos para aplicar a este permiso de trabajo en Panamá, mencionamos:
- Certificado de matrimonio en original.
- Certificado de nacimiento del cónyuge panameño, en original.
- Certificado de nacimiento de los hijos si los hubiera, en originales.
- Certificado expedido por el Servicio Nacional de Migración y Naturalización donde conste el estatus migratorio del solicitante. Este documento se lo gestionamos nosotros.
- Copia de cédula de de cónyuge.
- Copia de cédula o carné de aplicante.
- Fotocopia legible del pasaporte, en la parte donde consten los datos generales del solicitante, vigente.
- Cuatro (4) fotos tamaño carné con el nombre del solicitante escrito al dorso.
Si requiere solicitar un Permiso de Trabajo, no dude en contactarnos a info@panamalegalgroup.com.