Licencia de Conducir para Extranjeros en Panamá
¿Quién puede aplicar a la Licencia de Conducir para Extranjeros en Panamá?
Todo extranjero que obtenga una Residencia en Panamá puede solicitar una Licencia de Conducir para Extranjeros. Si usted es turista, sólo puede conducir por 90 días con Licencia de su país.
Los requisitos para obtener Licencia en Panamá son:
(Fuente: Setracen)
PRIMERA VEZ EXTRANJEROS CON LICENCIA EXTRANJERA
EL USUARIO SÓLO PODRÁ OPTAR POR LAS SIGUIENTES CATEGORIAS “A”, “B”, “C”, “D”:
– Debe certificar la Licencia extranjera vigente.
Nota: No aplican licencias de conducir con categorías para conducir transporte público, artículo 113 acápite b.1. requiere “Ser panameño”.
– Debe anexar documento de fiel copia de licencia debidamente sellada y firmada por la entidad que emite la certificación.
– Certificar el documento en el Ministerio de Relaciones Exteriores.
– Aportar original y copia de carnet de migración, el mismo debe estar vigente.
– Original y copia de Pasaporte, el mismo debe estar vigente.
– Original y copia de licencia extranjera vigente.
– Presentar Tipaje de sangre emitido por laboratorios autorizados por la Autoridad de Tránsito y Transporte Terrestre. Debe indicar el nombre completo del usuario, número de cédula de identidad para nacionales o número de pasaporte para extranjeros, sello y firma fresca del médico. Excepción: Si la licencia tiene el Tipaje, no se requiere resultado de tipaje de sangre.
– Realizar Validaciones visual y auditiva en la sucursal donde solicite el trámite.
– Debe estar paz y salvo con la A.T.T.T
– B/.40.00 en efectivo (incluye Validación visual y auditivo)
– El pago debe ser realizado en las cajas de la A.T.T.T. ubicadas en las sucursales de Sertracen donde realice el trámite.
Existen tres opciones para certificar la licencia de conducir extranjera:
A continuación se describen cada una de ellas:
A. Certificación Emitida por Representación diplomática en Panamá:
- Certificar la Licencia de conducir vigente en la embajada o consulado del país donde fue emitida la licencia.
- Debe incluir fiel copia de licencia certificada, debidamente sellada y firmada por embajada o consulado.
- Se procede a autenticar la Certificación en el Ministerio de Relaciones Exteriores en Panamá.
B. Apostillada:
- Certificar licencia de conducir vigente en la entidad emisora de licencia en país de origen.
- Debe incluir fiel copia de su original de la licencia certificada, debidamente sellada y firmada por representante de la entidad emisora de la licencia de conducir.
- Se procede a apostillar la Certificación en el Ministerio de Relaciones Exteriores de su país de origen. Sólo aplica para países signatarios del Convenio de la Haya.
C. Refrendo Consular:
- Certificar licencia de conducir en entidad emisora de licencia en país de origen.
- Debe incluir fiel copia de su original de la licencia certificada, debidamente sellada y firmada por representante de la entidad emisora de la licencia de conducir.
- Autenticar la Certificación en el Ministerio de Relaciones Exteriores de su país de origen.
- Autenticar la certificación de Ministerio de Relaciones Exteriores de su país de origen en Consulado de Panamá.
- Autenticar la certificación del Cónsul de Panamá en Ministerio de Relaciones Exteriores de Panamá.
** Las Certificaciones de las Embajadas o Consulado debe presentar la siguiente información:
- El término “Certifica o Declara”.
- Nombre del Cónsul o persona autónoma encargada de validar la información.
- Nombre del Usuario, y Nº de pasaporte como lo estable el pasaporte de su paí,s Nº de Licencia a validar y fecha de expiración.
- Lugar o país de emisión de licencia.
- Describir las categorías de vehículos (en caso de que la licencia detalle las categorías, no es necesario que la certificación lo detalle, se deja copia de la licencia en ambas caras).
- Garantizar que es fiel copia de su original.
Las renovaciones de las licencias pueden realizarse en línea a través de https://www.sertracen.com.pa/.
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